La Cofradía de Dolores celebrará esta semana su Asamblea Extraordinaria para realizar diversas modificaciones en los Estatutos. Muchas de ellas ya os las hemos avanzado en un artículo anterior. Sin embargo hay una que está pasando desapercibida por la mayoría de los cofrades que no saben lo que está en juego, que es ni más ni menos que sus posibles derechos adquiridos durante tantos años. Y es que en resumir, los cofrades que no tengan el sacramente de la Confirmación, perderían su condición de cofrades numerarios y pasarían a ser aspirantes, perdiendo así gran parte de sus derechos de cofrades. Es más, un aspecto que podría también afectar directamente a la actual Junta de Gobierno, dudo mucho que todos tengan el sacramento de la confirmación, y de no ser así, por responsabilidad y por ejemplo a los demás, si salen adelante dichos Estatutos, los que no lo tengan deberían presentar su inmediata dimisión en la propia Asamblea como miembros de la actual Junta de Gobierno. Algo que seguro no ocurriría, pues aquí lo de predicar con el ejemplo se estila más bien poco. Y como os dije un día, el paripé de la Asamblea Extraordinaria va a ser lo de menos, pues sino se aprueban van a ser impuestos por el Obispado. Ya sabéis eso de la democracia que aplica en muchos casos la Iglesia. Según convengan.
Vamos a analizar la propuesta de Estatutos en este particular.
En el punto 1 de la propuesta de Estatutos, y concretamente en el artículo 5, en lo que se refiere a las Condiciones requeridas y procedimiento de Admisión, concretamente en su punto número 1, indica que para ingresar en la Cofradía es necesario "Haber recibido el sacramento del Bautismo (que es lo que se solicitaba hasta ahora para ingresar), y en su caso, el de Confirmación.
Por su parte, el artículo 6, en lo que se refiere a las Formas de vinculación a la Cofradía, indica que son Cofrades Numerarios, aquellos que teniendo la mayoría de edad canónica (18 años) y habiendo recibido el sacramente de la Confirmación......, entre otros aspectos.
Y aquí y en consecuencia a estos dos puntos que os comento sobre la necesidad de poseer el sacramento de la Confirmación, viene el tomate de verdad, porque:
En este mismo artículo se refiere a los cofrades aspirantes que se mantendrán en esta situación mientras no adquieran una serie de requisitos, entre los que se encuentra el recibir el sacramento de la Confirmación... Es decir, mientras no cumplas una serie de requisitos, entre ellos poseer el sacramente de la Confirmación, no podrás ser Cofrade Numerario. Por tanto, y como se indica en este mismo punto más abajo, los cofrades aspirantes NO tienen derecho a asistir a las Asambleas Generales y por tanto NO tendrán derecho ni a VOZ ni a VOTO en las mismas, ni a elegir ni a ser elegido como miembro de la Junta de Gobierno. Es decir, los que no tengan la Confirmación serán aspirantes y solo podrán salir en procesiones, actos, pagar la cuota, y no tendrán derecho a participar de las decisiones de la Cofradía.
Lo grave que estos puntos ya estaban en vigor y si los han saltado a la torera. Supongo de que vale de poco esto de los estatutos
En resumir, el que no tenga el sacramento de la Confirmación, que en su gran mayoría, los cofrades Numerarios, NO lo tienen, pasarían a ser cofrades Aspirantes, y por tanto, sus derechos quedarían reducidos a la nada. Y como en la propuesta no hace ninguna mención contraria, estos serían de aplicación inmediata. Ahora bien, es de entender que esto solo afectaría a los cofrades de nuevo ingreso, pues cuando una ley (en este caso los Estatutos) perjudican a la mayoría, no deberían de tener carácter retroactivo. Eso sí, de aplicarse a los nuevos cofrades que ingresen a partir de su aprobación, los ingresos a partir de ahora como cofrades numerarios serán más bien escasos.
4 comentarios:
Eso suena a idea del delegado de cofradias y consiliario de la junta. Un sacerdote incompetente con ínfulas que parece que tiene engañado (o quizás no tanto al obispo). Como le dejen meter el hocico tenemos semana santa para poco tiempo. Es como el caballo de Atila, por donde pasa no vuelve a crecer la hierba.
Vamos por partes. Según los propios Estatutos de la Cofradía cuando te haces cofrade debes aportar la partida de bautismo, cosa normal y lógica tratandose de una cofradia de semana santa y catolica, cosa que no se estaba haciendo, porque sino la aportas en el momento del alta deberían de darte de margen hasta la propia semana santa para aportarlo, es tan facil como ir a tu parroquia donde te bautizaste y pedir el papel, el caso es querer. Lo de la confirmación en parte también me parece razonable, es el momento en el que la persona se hace adulta en la Iglesia, y confirma que quiere continuar perteneciendo a la Iglesia y que toda la formación, los valores y demas transmitidos por catequistas, padres y padrinos la acepto.
Por otro lado afirmar que la mayoría de numerarios no la tienen ... pos es atrevido, ya que mismo para casarte por la Iglesia es OBLIGATORIO estar confirmado, y normalmente la edad minima en la que se hace son 14-16 y muchos jovenes cofrades lo hacen. Lo que debe hacerse es cumplirlo.
No considero coherente, como muchas cosas que hacen las cofradias y consideramos normales, que una persona pertenezca a una cofradia y pretenda tener derechos sin estar en completa comunión con la Iglesia, sus dogmas, sus cánones y su fe.
Estos de acuerdo en todo lo que dices. Pero si los que o tienen que aplicar no lo hacen, mala cosa.
Por otro lado, me reafirmo en lo que he dicho. Como pidan la confirmación va la mitad de la Cofradía fuera. Se de lo que hablo. Yo mismo he estado en esa oficina muchos años. Y para casarse, hay cursos express para conseguir el papelito. Sé de unos cuantos casos.
Hablar por hablar. En primer lugar, NO es obligatorio estar confirmado para casarse por la Iglesia, únicamente es obligatorio que los dos estén bautizados, pues es el Bautismo el que te confiere la identidad cristiana (no lo digo yo, lo dice el Derecho canónico y la Doctrina). Punto 2, la Confirmación no significa que tú confirmas tu fe en la doctrina de la Iglesia si no que el Espíritu Santo te confirma en la fe cristiana como lo hizo con los Apóstoles en Pentecostés (pero ellos ya eran Apóstoles antes) por tanto tienes un concepto equivocado del sacramento. Y para terminar, no tiene sentido pedir la confirmación para ser cofrade cuando ni siquiera se pide para recibir los otros Sacramentos, y únicamente se recoge como obligatoria para ser padrino de Bautismo o Confirmación (cosa lógica) y para recibir el Sacramento del Orden Sacerdotal (aun más lógica). Lo dicho, esto es un invento del delegado de cofradías para lucir palmito antes sus jefes, y como le dejen hacer a él, esto se acaba en dos telediarios.
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